La salud es el bien más preciado y la necesidad primordial para cualquier persona responsable de los suyos y de sí mismo. Cuidar de quienes amamos es la mejor manera de demostrar amor. Es por eso que el sistema de salud colombiano ha estructurado un Plan Obligatorio de Salud, el Plan de Beneficios, que es el conjunto de servicios para la atención en salud que todo afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud tiene como derecho.
Dentro de ese plan básico, también se permite la oferta de los Planes Voluntarios de Salud (PVS). Esos planes son servicios a los que los usuarios pueden acceder de manera voluntaria, es decir, como una opción adicional al Plan de Beneficios.
Como parte de los PVS, adicional a las pólizas de salud y a la medicina prepagada, encontramos los Planes de Atención Complementaria (PAC). Déjanos contarte más al respecto.
Planes de Atención complementaria
Los Planes de Atención Complementaria son productos de altísima calidad, que cuentan con una gran variedad de servicios dentro de sus portafolios, con coberturas ampliadas y redes de atención integradas. Adquirir un PAC permite al afiliado, sea beneficiario o cotizante, acceso directo a servicios de salud con celeridad y mayor comodidad. Si bien estos planes no ofrecen una cobertura tan completa como los de medicina prepagada o las pólizas de salud, son una opción que se ajusta a un presupuesto más reducido y amplía la oferta de servicios.
¿Quiénes pueden contratar a un PAC?
Dado que los PAC son de naturaleza opcional y voluntaria, cualquier persona que esté afiliada al Plan de Beneficios en Salud puede contratar uno de estos planes adicionales. La ventaja que tienen es que no son financiados con las sumas recibidas en las cotizaciones obligatorias del Plan de Beneficios. Es decir: dependen exclusivamente de los recursos propios del contratante, quien puede hacerse con un PAC a su medida, que se ajuste a sus necesidades de atención, de exclusividad, de cobertura y, por supuesto, a su capacidad económica.
En muchas ocasiones, una ampliación del Plan Obligatorio de Salud no es suficiente, buscamos acceso directo a especialistas o la posibilidad de escoger entre una mayor variedad de clínicas y profesionales, para este propósito los planes voluntarios de salud como pólizas de salud o planes de medicina prepagada son mucho más completos. Se trata, a fin de cuentas, de buscar entre las muchas ofertas una que se ajuste tanto al bolsillo como al deseo de mejorar los servicios de salud básicos.
¿Dónde puede contratarse un Plan complementario de salud?
Un Plan Complementarios de Salud (PAC) puede ser contratado en cualquier Empresa Promotora de Salud (EPS), en compañías de medicina prepagada o en Aseguradoras especializadas en este tipo de servicios. Entre las partes interesadas, personas naturales y aseguradoras, por ejemplo, se firma un contrato donde se especifican coberturas, factores de riesgo y los matices que estos darán sobre las tarifas de los servicios contratados.
Para la renovación o contratación de un plan complementario, la persona que vaya a tomarlo (beneficiario o cotizante) debe estar afiliado al Régimen Contributivo, consultar la oferta que la empresa o aseguradora tenga y escoger uno que se ajuste a su capacidad de pago.
Para tener en cuenta
Infórmese bien antes de adquirir un Plan Complementario de Salud. Tenga las herramientas necesarias para buscar una EPS o Aseguradora que le dé las mejores opciones a usted y a su familia. Recuerde que si busca un plan que represente mejoras en tiempo, procedimientos, cobertura e intervenciones, que garantizan una mayor comodidad y oportunidad en los servicios de salud también puede considerar una póliza de salud o un plan de medicina prepagada.